Hoy se publicó la Circular del Banco de Portugal nº 4/2024, que establece la obligación de identificar al beneficiario final en las operaciones mediante referencia de pago y en los débitos directos.
De hecho, como consecuencia de la creciente complejidad de los modelos de prestación de servicios de pago, el Banco de Portugal constató que existían dificultades para identificar claramente a los beneficiarios finales de los fondos, algo que, desde la perspectiva del supervisor, ha incrementado la práctica de delitos de fraude y fraude mediante el uso de estos servicios de pago, provocando, en determinados casos, daños económicos importantes a los pagadores de las operaciones.
En este contexto, la presente Comunicación pretende dar respuesta a las necesidades identificadas estableciendo, para los proveedores de servicios de pago, la obligación de poner a disposición de los ordenantes, en los pagos mediante referencias de pago y adeudos domiciliados, el nombre o denominación del beneficiario final de los fondos y del respectivo proveedor de servicios de pago, garantizando así el correcto funcionamiento y la seguridad de los sistemas de pago y reforzando la transparencia y la confianza entre los pagadores.
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